Se trata de un proyecto de ley para cobrar un “derecho” sobre los dispositivos digitales que almacenan y permiten hacer copias de archivos. El debate abarca el tema de la propiedad de los bienes culturales y los soportes tecnológicos con usos sociales. "No al Canon" es uno de los temas más populares del momento entre los usuarios de Twitter.
Pressenza Mar del Plata, 7/5/11
La iniciativa de este derecho (no es un impuesto ya que Estado no recauda ni administra los fondos) tiene sus antecedentes en España en 2002 y originó una batalla legal y política hasta que fue anulado. En el 2008 el proyecto fue presentado en Argentina, por el entonces diputado Claudio Morgado, pero nunca fue debatido.
La Comisión de Legislación General del Senado trabajó la propuesta y fue ingresada como “canon digital” emparentándolo con otros proyectos presentados en otras latitudes. Todo hacía prever que sería debatido en la cámara alta, la semana pasada. Los autores de la iniciativa el Senador Miguel A. Pichetto, del Frente para la Victoria y Rubén Giustiniani del Socialismo, al no reunir las firmas necesarias aplazaron el debate. La propuesta es respaldada por los Sindicatos y Cámaras que agrupan a Autores, Compositores, Intérpretes y Productores.
Simultáneamente desde las redes sociales comenzó un debate que desde la postura contraria encabezan artistas independientes, activistas del software libre, defensores de la socialización de los contenidos culturales y sectores académicos.
Cuáles son los puntos en cuestión
Uno de los impulsores de la iniciativa, el Senador Pichetto, en un reciente comunicado señala que “se trata de llegar a un equilibrio entre el derecho de autor y la evolución tecnológica y la demanda de los usuarios”. El debate que se da en Argentina, no está resuelto en el resto del mundo, donde ante el nuevo paisaje tecnológico no se termina de llegar a un acuerdo, ya que colisionan los intereses de aquellos que pregonan por achicar la brecha digital y aquellos que quieren recuperar ganancias de los contenidos que circulan libremente por el ciberespacio.
Para los primeros, se trata de un impuesto regresivo, ya que si un CD o un DVD (que serían los más fuertes gravados) aumenta su costo en un 70% eso va a afectar directamente en los sectores más populares. Los usuarios de sectores de mayor poder adquisitivos tienden a consumir esos contenidos en otros formatos o directamente on line. Además, argumentan que el proyecto presupone que todos los soportes digitales, son para bajar contenidos de la web, cuando alguien puede usarlo por ejemplo para poner sus fotos personales, o un músico para grabar sus ensayos. Otro argumento es que el dinero del impuesto no va directamente a los autores; es obtener dinero a nombre de alguien al que nunca le va a llegar.
Para los otros, se trata de legalizar una actividad que hoy es ilegal. Se intenta compensar un daño que el artista tiene por una actividad que hace y obtiene un lucro. Explican que la tecnología destruyó a las discográficas. Sostienen que hoy todos pueden multiplicar un contenido cuantas veces quieran y esto es la muerte de la industria.
El proyecto
La iniciativa de Pichetto y Giustiniani, autoriza a “una persona física” a reproducir “obras dramáticas,
musicales y audiovisuales, incluyendo las cinematográficas y los fonogramas”. La reproducción sólo podrá hacerse una vez, y esa “única copia” debe ser exclusivamente “para uso privado y personal” de quien lo copia, no puede ser “objeto de utilización colectiva ni lucrativa” y debe realizarse “a partir de un ejemplar legítimamente adquirido, o de un acto de comunicación al público debidamente autorizado por los respectivos titulares de derechos involucrados”. A su vez, la copia originará un derecho de remuneración” en favor de “los autores, los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y los productores de obras audiovisuales”.
El expediente S3732/10, propone cobrar ese “derecho” a fabricantes o importadores de soportes, aparatos o elementos aptos para hacer las copias. Abarca desde cds y dvds vírgenes hasta teléfonos celulares que reproducen música, computadoras, discos rígidos y memorias portátiles, reproductores portátiles de mp3. El “derecho” varía desde el 75 por ciento (cds vírgenes, por ejemplo) y el 1 por ciento (celulares “con funcionalidad de reproducción de fonogramas en formato comprimido”). La recaudación estaría en manos de seis entidades, las mismas que impulsan el proyecto (Sadaic, AADI, Capif, Argentores, Dac, Sava y Sagai) con un 5% destinado al Fondo Nacional de las Artes.
El debate continua
La polémica está instalada; muchos sostienen que el freno en el Senado responde a la avalancha de críticas que recibió el proyecto y la movida cibernética desde las redes sociales. Hoy el proyecto está en comisiones, estudiándose cambios aún sin haber sido tratado.
Algunos legisladores entienden que antes de ser debatido, debe pasar por las Comisiones de Cultura y de Libertad de Expresión. Los usuarios defienden su derecho a consumir los bienes culturales entendiendo que la ley de Propiedad Intelectual es arcaica y que el siglo XXI nos enfrenta a otra realidad donde el copyright es devorado por el desarrollo tecnológico.
En las redes sociales el tema está encendido: “No al Canon" es uno de los trending topic (tema más populares) entre los usuarios de Twitter. En Facebook, hay dos grupos: "No al canon digital" con cerca de cinco mil seguidores y "No al canon digital en Argentina", con mil seiscientos adherentes.
Journalist of "Nación Humana" - Communication Medias for Nonviolence
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